Bienestar animal

Versión para impresiónEnviar por correoVersión PDF

Según la definición que figura en el Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal (Decreto N°4238/1968), en su capítulo XXXII: “Se entiende por Bienestar Animal al estado, en el cual se encuentran satisfechas las necesidades con relación al hábitat, de modo de no afectar la integridad física y de comportamiento de los animales. Se deben entonces, encontrar garantizados el alojamiento adecuado, el trato responsable y el sacrificio humanitario”. Y es en este sentido que el Servicio de Inspección evalúa su cumplimiento en el transporte de los animales, y en el alojamiento en los establecimientos Faenadores.

DESCARGAR MANUAL
Bienestar animal


DIRECCIÓN DE INOCUIDAD DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL
Tel: 054 11-4121-5291/ 4121-5162
E-mail: dfpoa@senasa.gob.ar