Enfermedades espongiformes transmisibles (EET)

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PROGRAMA DE ENCEFALOPATÍAS ESPONGIFORMES TRANSMISIBLES DE LOS ANIMALES

El Programa Nacional de Prevención y Vigilancia de las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles (EET) de los animales puesto en vigencia por la Resolución Senasa Nº 901 del 23 de diciembre de 2002, contiene las estrategias y acciones a desarrollar por el Senasa, junto al resto de los sectores oficiales y privados involucrados.

Las acciones implementadas tienden a dar cumplimiento a los objetivos planteados, que son, básicamente:
• Mantener la condición de Argentina como país de riesgo insignificante (acceso a la página de la OIE) de EEB y de las demás EET de los animales.
• Mantener actualizado el análisis, seguimiento y mitigación  de los factores de riesgo externo e interno respecto de las EET de los animales.
• Certificar con máxima precisión la condición sanitaria del país respecto de las EET de los animales y de los productos destinados al mercado interno y a la exportación.

En el Programa se plantean distintas estrategias, que contemplan:
1-Prevención de ingreso de los agentes de EET5

Anexo I - Anexo II  Resolución 471/95.

2- Prevención del reciclado y amplificación del agente
a- Medidas de prevención en la producción, comercialización y transporte  de harinas de carne y hueso (HCH) animales:

b- Medidas de prevención en la producción, comercialización, transporte y utilización de alimentos para rumiantes: Resolución Senasa N° 594/15

  • Prohibición de alimentación de rumiantes con proteínas de origen animal.
  • Prohibición de uso de cama de pollo en la alimentación de rumiantes.
  • Prohibición de comercialización a granel de HCH.
  • Registro, habilitación y fiscalización de establecimientos que producen alimentos para animales: COFIAL
  • Doble línea de producción en plantas de alimentos que producen para rumiantes y para no rumiantes: Disposición DNFA Nº 01/07.
  • Afiche
  • Utilización de materias primas procedentes de establecimientos habilitados.
  • Muestreo sistemático para verificación del cumplimiento de la prohibición de alimentación de rumiantes con proteínas animales: Resolución SAGPyA N 1389/04

Las muestras de alimentos son procesadas en el Laboratorio Nacional de referencia para la determinación de proteínas prohibidas en alimentos- Coordinación de análisis de productos alimenticios y conexos- Coordinación de laboratorio animal- Dirección de Laboratorio y Control Técnico (Dilacot) Senasa.

3. Vigilancia epidemiológica

a- Vigilancia pasiva: Denuncia obligatoria de casos compatibles con EEB o crapie: Resoluciones Senasa Nº 10/03 y ex Senasa 685/96
Afiche

FORMULARIOS PARA DESCARGAR
Formulario notificación de Cuadro neurológico compatible con EEB
Formulario F2 para el envío de muestras de sistema nervioso para diagnóstico de EET- Campo

b-Vigilancia activa: Muestreo estadístico sobre aquellas categorías de animales en las que es mas probable encontrar la enfermedad.

Categorías de animales a muestrear

Metodología y Técnicas Diagnósticas: Las muestras son procesadas por el Laboratorio de Referencia ante OIE CICVyA-INTA-Castelar:
Resultados vigilancia 2010

4. Sistema de difusión, capacitación y educación continua
Resumen de actividades 1992- 2010.

Gacetillas del Programa

Archivos relacionados

Notas relacionadas

Afiches sobre EET: 1 /2 / 3 /4
Afiche de la OIE


PROGRAMA EET
E-mail: prog_eet@senasa.gov.ar
Tel: 4121-5000 interno 5362/63