Disposición-5-2011-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Disposición 5/2011 MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL

Buenos Aires, 20 de diciembre de 2011

VISTO el Expediente Nº S01:0163669/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, las Resoluciones Nros. 816 del 4 de octubre de 2002 y 569 del 20 de agosto de 2010, ambas del SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 569 del 20 de agosto de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD AGROALIMENTARIA se aprueba el “PROCEDIMIENTO INFORMATICO PARA LA SOLICITUD Y EMISION DE LA AUTORIZACION FITOSANITARIA DE IMPORTACION (AFIDI)”.

Que de acuerdo con lo que indica la norma citada, dicho procedimiento informático es de aplicación obligatoria para los Puntos de Ingreso correspondientes al Centro Regional Metropolitano y al material con destino a propagación concerniente a parte vegetal semilla, el que reemplaza a su respecto al procedimiento contenido en el Anexo IV de la Resolución Nº 816 del 4 de octubre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que asimismo se prevé en la norma mencionada que la Dirección Nacional de Protección Vegetal  (DNPV)  dispondrá,  en  forma  progresiva,  la  incorporación  de  los  distintos  Puntos  de Ingreso y demás productos reglamentados al nuevo procedimiento informático, excluyéndolos  respectivamente de la aplicación del mencionado procedimiento del Anexo IV de la citada Resolución Nº 816/02.

Que transcurridos más de NUEVE (9) meses con resultados satisfactorios desde la puesta en funcionamiento del referido sistema, y habiéndose realizado los ajustes a los inconvenientes técnicos surgidos durante la primera etapa de operación, resulta procedente incorporar paulatinamente a  todos  los  productos  reglamentados  para  determinados  Puntos  de  Ingreso  al  procedimiento  informático establecido por Resolución Nº 569/10, excluyéndolos de la aplicación del procedimiento establecido  en  el  Anexo  IV  de  la  citada  Resolución  Nº  816/02,  de  acuerdo  con  un  cronograma preestablecido.

Que los Puntos de Ingreso habilitados por el SENASA que corresponden sean incorporados al Procedimiento Informático para la solicitud y emisión de AFIDI son los correspondientes al Centro Regional  Metropolitano,  Centro  Regional  Cuyo,  Centro  Regional  Santa  Fe,  Centro  Regional  Entre Ríos, Centro Regional Córdoba, Centro Regional Buenos Aires Norte, Centro Regional Buenos Aires Sur, Centro Regional Corrientes – Misiones, Centro Regional NOA Norte, Centro Regional NOA Sur, Centro Regional Chaco- Formosa, Centro Regional Patagonia Norte Centro Regional Patagonia Sur y Centro Regional La Pampa – San Luis.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto de acuerdo a las facultades conferidas en el Artículo 1 de la Resolución Nº 569 del 20 de agosto de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL

DISPONE:

ARTICULO 1º — Procedimiento informático para la solicitud y emisión de Autorización Fitosanitaria de Importación (AFIDI). Incorporación de Puntos de Ingreso y Productos Reglamentados. Se incorpora al “PROCEDIMIENTO INFORMATICO PARA LA SOLICITUD Y EMISION DE LA AUTORI ZACION FITOSANITARIA DE IMPORTACION (AFIDI)”, aprobado por la Resolución Nº 569 del 20 de agosto de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a todos los productos reglamentados que se tramitan por los Puntos de Ingreso habilitados por SENASA, que se detallan en el artículo siguiente, el que reemplaza al procedimiento contenido en el Anexo IV de la Resolución Nº 816 del 4 de octubre de 2002 del citado Servicio Nacional de acuerdo con el cronograma que se establece.

ARTICULO 2º — Procedimiento informático para la solicitud y emisión de Autorización Fitosanitaria  de  Importación  (AFIDI).  Cronograma  de  Incorporación.  Todos  los  productos  reglamentados deben cumplir obligatoriamente con el Procedimiento Informático para la Solicitud y Emisión de la Autorización Fitosanitaria de Importación en los Puntos de Ingreso habilitados por el SENASA correspondiente a los Centros Regionales que se mencionan, a partir de las fechas establecidas en el cronograma que se detalla a continuación. A partir de las fechas indicadas el  Procedimiento Informático reemplaza al establecido en Anexo IV de la Resolución N° 816 del 4 de octubre de 2002.

Inciso a) Centro Regional Metropolitano y Centro Regional Chaco - Formosa: A los 8 días de publicada en el boletín oficial la presente Disposición.

Inciso b) Centro Regional Cuyo, Centro Regional Santa Fe, Centro Regional Buenos Aires Norte, Centro Regional Buenos Aires Sur, Centro Regional Entre Ríos, Centro Regional Córdoba: A los 23 días de publicada en el boletín oficial la presente Disposición.

Inciso c) Centro Regional Corrientes – Misiones, Centro Regional NOA Norte, Centro Regional NOA Sur: A los 38 días de publicada en el boletín oficial la presente Disposición.

Inciso d) Centro Regional Patagonia Norte, Centro Regional Patagonia Sur y Centro Regional La Pampa - San Luis: A los 53 días de publicada en el boletín oficial la presente Disposición.

ARTICULO  3º  —  Régimen  de  infracciones.  Los  infractores  a  la  presente  disposición son pasibles de las sanciones que pudieran corresponder de conformidad con lo establecido por el Capítulo VI del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, sin perjuicio de las medidas preventivas  inmediatas  que  pudieran  adoptarse,  incluyendo  la  destrucción  de  plantas,  productos y subproductos, como cualquier otra medida que resulte aconsejable de acuerdo a las circunstancias de riesgo sanitario.

ARTICULO 4º — Armonización de la normativa. La Dirección Nacional de Protección Vegetal elevará al Presidente del SENASA, en un plazo de NOVENTA (90) días, la propuesta de ordenamiento y armonización de toda la normativa referida a la emisión de Autorización Fitosanitaria de Importación (AFIDI), de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 466 del 9 de junio de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

ARTICULO 5º — Incorporación. Se incorpora al Libro Tercero, Parte Segunda, Título II, Capítulo I del Indice Temático del DIGESTO NORMATIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, aprobado por Resolución SENASA Nº 401 del 14 de junio de 2010.

ARTICULO 6º — Vigencia. La presente disposición entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 7º — De forma. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. DIEGO QUIROGA, M.P. 15.126, Dirección Nacional de Protección Vegetal, Res. SENASA Nº 424/10.

e. 03/01/2012 Nº 174680/11 v. 03/01/2012