Resolución-194-1999-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

SANIDAD VEGETAL

Resolución 194/99

Bs. As., 10/2/99

B.O.: 18/2/99

VISTO el expediente N° 14.299/98 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que el PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL Y ERRADICACION DE MOSCA DE LOS FRUTOS de la REGION PATAGONICA (PROCEM PATAGONIA) incluye antecedentes técnicos de la situación fitosanitaria en relación al status de Area de Libre de la Plaga Mosca de los Frutos (Diptera: Tefritidae), de importancia económica a nivel mundial los "Valles Andinos Patagónicos", de acuerdo a la información requerida por el Sub-Estándar Regional en Protección Fitosanitaria (SUB-ERPF 3.2.l.) referente a los requisitos para el reconocimiento de Areas libres de Mosca de los Frutos, desarrollado y aprobado por el COMITE DE SANIDAD VEGETAL DEL CONO SUR (COSAVE).

Que como consecuencia de las investigaciones realizadas por la Dirección Nacional de Protección Vegetal y los antecedentes obrantes sobre la Fitosanidad del área, compruébase que la áreas productivas denominadas "Valles Andinos Patagónicos" a través de los valores de Mosca por Trampa por Día (MTD) presentados desde la última semana de julio de 1996 hasta el día de la fecha, se encuentran dentro de la condición de Area Libre de la Plaga fijada por la Dirección Nacional de Protección Vegetal cuyo valor deber ser a 0.0000 (MTD = 0.00000).

Que cotejando la información producida por investigadores de Empresa Brasilera de Pesquisa Agropecuaria (EMBRAPA), de la REPUBLICA FEDERATIVA DE BRASIL, referidas a los umbrales y requerimientos térmicos de Anastrepha fraterculus, con los antecedentes registrados en el área "Valles Andinos Patagónicos", se verifica la imposibilidad de completar el del ciclo biológico de esta especie.

Que las supervisiones técnicas realizadas por la COORDINACION NACIONAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL Y ERRADICACION DE MOSCA DE LOS FRUTOS (PROCEM), avalan la documentación presentada por la Coordinación del PROCEM Patagonia.

Que el reconocimiento del Area Libre de la Plaga, facilitará las gestiones a nivel internacional para el reconocimiento de la misma área como Libre de la Plaga al alcanzar las condiciones fijadas y aprobadas dentro del (SUB-ERPF 3.2.l.), lo que permitirá acceder a nuevos mercados y conservar los actuales aún ante las normas más severas, de carácter fitosanitario.

Que el PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL Y ERRADICACION DE MOSCA DE LOS FRUTOS (PROCEM), aprobado por Resolución N° 134/96 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, establece las acciones tendientes al control y erradicación de estas plagas en distintas zonas del país.

Que se dan condiciones climáticas rigurosas, en especial de temperaturas, que imposibilitan el desarrollo del ciclo de estas especies, así como el aislamiento geográfico natural.

Que los Valles Andinos Patagónicos pertenecen al Area Protegida, delimitada por las Barreras Zoofitosanitarias Patagónicas FUN.BA.PA.

Que el trampeo negativo durante todo el año avala el modelo epidemiológico, indicando que no se cumple la constante térmica para el estado de pupa.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 8°, inciso h) del Decreto N° 1585 del 19 de diciembre de 1996.

Por ello,

El PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

Artículo 1° - Declárase como "Area Libre de la Plaga Mosca de los Frutos (Diptera: Tephritidae) a los Valles Andinos Patagónicos, comprendidos entre el paralelo 40° 30' latitud sur al norte, al oeste el límite internacional con la REPUBLICA DE CHILE, al este el meridiano 71° longitud Oeste y al sur con el Canal de Beagle (paralelo 54° latitud sur) en el marco del Programa Nacional de Control y erradicación de Moscas de los Frutos (PRO-CEM).

Art. 2° - EL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA a través de la COORDINACION NACIONAL del Programa Nacional de Control y Erradicación de Moscas de los Frutos (PROCEM), continuará realizando el seguimiento del Programa en la Región Patagónica y el mantenimiento del Status de Area Libre.

Art. 3° - La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese - Luis O. Barcos.