Resolución-684-2017-Instituto Nacional de Semillas

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INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 684-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 26/09/2017

VISTO el Expediente Nº S05:0054526/2015 del Registro del Ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
y
CONSIDERANDO:

Que no se ha realizado el pago de aranceles en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares correspondiente a las creaciones fitogenéticas de colza-canola (Brassica napus L.) de denominaciones FILIAL UOFA Y FILIAL PRECOZ UOFA, conforme lo establecido por el Artículo Nº 30 inc. e) de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 y el Artículo Nº 36 inc. e) del Decreto Nº 2183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247.

Que habiéndose efectuado el reclamo fehaciente de pago y transcurrido el plazo establecido, no se ha obtenido respuesta del titular.
Que en este sentido, la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, ha emitido su informe técnico.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase la caducidad de los Títulos de Propiedad de las creaciones fitogenéticas de colza-canola (Brassica napus L.) de denominaciones FILIAL UOFA y FILIAL PRECOZ UOFA, pasando a ser de uso público.

ARTÍCULO 2º.- Publíquese, notifíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro del Boletín Oficial y archívese. —
Raimundo Lavignolle.

e. 02/10/2017 N° 73164/17 v. 02/10/2017