Resolución-95-2017-Ministerio de Agroindustria

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MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Resolución 95-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 21/04/2017

VISTO el Expediente Nº EX-2017-00885599-APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y la Resolución N° 431 del 31 de octubre de 2008 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que el día 20 de mayo fue declarado “Día Mundial de la Abeja” por la Federación Internacional de Asociaciones de Apicultura (APIMONDIA), y se celebra al mismo tiempo en diferentes países del mundo, con el objetivo de divulgar sobre la importancia de las abejas y los beneficios que aportan.

Que nuestro país, a través de la Sociedad Argentina de Apicultores, ocupa la vicepresidencia de dicha Federación, debido a que la actividad apícola en su conjunto reviste un fuerte carácter federal y se encuentra desde hace muchos años en franca expansión.

Que el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA viene realizando numerosas acciones tendientes al progreso de la competitividad de los productos apícolas, al incremento del valor agregado, la asistencia y capacitación permanente para mejorar la calidad, sanidad y productividad, la integración entre eslabones y a la promoción de sus productos, entre los ejes de mayor relevancia.

Que resulta prioritario para el Gobierno Nacional, contribuir a maximizar los niveles de productividad, calidad y valor agregado en la cadena apícola nacional, con el propósito de mejorar su competitividad, fortaleciendo su posicionamiento tanto en el mercado interno como externo.

Que la expansión del comercio mundial ha ampliado las fronteras comerciales para las producciones apícolas, creando posibilidades de inserción en nuevos mercados.

Que en la actualidad, la REPÚBLICA ARGENTINA es el segundo mayor exportador de miel y tercer productor a nivel mundial; con un impacto económico por un monto superior a los DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MILLONES (U$S 159.000.000) FOB y un volumen de exportación de más de SETENTA Y SIETE MIL TONELADAS (77.000 t).

Que el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) de la miel producida se exporta, siendo los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, la REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA y el REINO DE ESPAÑA los principales destinatarios.

Que con la presente medida se estima contribuir al desarrollo de la cadena apícola, mediante la promoción federal de la actividad en su conjunto.

Que esta actividad se realiza en varias regiones de nuestro país, además de ser una fuente importante de mano de obra.

Que así también el impulso de esta actividad tiene por objeto contribuir a mejorar los ingresos de los productores apícolas, el incremento del valor agregado de la miel y su consecuente rentabilidad.

Que el desarrollo de las actividades previstas en la presente medida, contribuirá a mejorar el reconocimiento de la actividad apícola nacional en su conjunto, con el consiguiente beneficio para el desarrollo regional y de los pequeños productores, por ser una cadena que emplea importante mano de obra.

Que entre los objetivos centrales de la SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS de la SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, se encuentra el de entender en la elaboración y propuesta de instrumentos para contribuir a promover el desarrollo y crecimiento del sector industrial agroalimentario, como así también realizar propuestas y coordinar la ejecución de las políticas de comercialización, regulación y fiscalización de la producción agroalimentaria, así como en las negociaciones internacionales, comerciales y sanitarias de estos rubros, en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida no genera costo fiscal alguno.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Establécese en el ámbito del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA la Semana de la Miel, bajo el lema “Súmale miel a tu vida”, la cual estará comprendida entre los días 14 y 20 de mayo inclusive, para el año 2017 y sucesivos.

ARTÍCULO 2º.- Dispónese que durante la Semana de la Miel, a través de la SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS de la SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se realizarán distintas actividades relacionadas a la importancia de la cadena apícola, y la realización de seminarios, charlas, talleres, simposios en las distintas provincias productoras, donde se invitará a participar a representantes del sector público y privado de la cadena de valor apícola, junto con otros organismos cuya participación estime conveniente la citada Subsecretaría.

ARTÍCULO 3º.- Invítase a las provincias, a los municipios y organismos públicos y entidades privadas que desarrollan acciones destinadas al sector apícola a participar de las actividades a realizarse en la referida Semana.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Buryaile.