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SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL

Disposición Nº 2-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 17/01/2018

Asignación y distribución de anticipo de cupo  (anula y reemplaza la orden de servicio 01.2018)

Asignación y distribución de cupo de exportación especies icticas.

Procedimiento de registro para veterinarios y técnicos acreditados.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

Resolución 12437-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2017

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

PRODUCTOS ALIMENTICIOS

Disposición 11861-E/2017

Prohibición de comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2017

VISTO el expediente N° 1-47-2110-3038-17-1 de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 11857-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2017

VISTO la Ley Nº 16.643, sus Decretos Reglamentarios Nros. 9763/64, 150/92 (T.O. 1993), el Decreto Nº 1490/92, las Resoluciones GMC Nº 52/94 y 57/96, las Disposiciones ANMAT Nº1149/97 y 2819/04, ANEXO IX, y el EX-2017-29139328-APN- ANMAT#MS de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

PRODUCTOS MÉDICOS

Disposición 11837-E/2017

Prohibición de comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2017

VISTO el Expediente N° 1-47-1110-1152-17-3 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y;

CONSIDERANDO:

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

PRODUCTOS MÉDICOS

Disposición 11741-E/2017

Prohibición de uso, distribución y comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2017

VISTO el expediente nº 1-47-1110-961-17-1 del registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y

CONSIDERANDO:

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

PRODUCTOS ALIMENTICIOS

Disposición 11740-E/2017

Prohibición de comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 21/11/2017

VISTO el expediente N° 1-47-2110-5382-17-1 de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

PRODUCTOS ALIMENTICIOS

Disposición 11474-E/2017

Prohibición de comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 09/11/2017

VISTO el expediente N° 1-47-2110-5683-17-1 de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

PRODUCTOS MÉDICOS

Disposición 11473-E/2017

Prohibición de uso y distribución.

Ciudad de Buenos Aires, 09/11/2017

VISTO el expediente nº 1-47-1110-1208-17-8 del registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y

CONSIDERANDO:

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

PRODUCTOS ALIMENTICIOS

Disposición 11336-E/2017

Prohibición de comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2017

VISTO el expediente N° 1-47-2110-5603-17-3 de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

PRODUCTOS DOMISANITARIOS

Disposición 11320-E/2017

Prohibición de uso y comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2017

VISTO el expediente N° 1-47-1110-857-17-3 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

PRODUCTOS ALIMENTICIOS

Disposición 11318-E/2017

Prohibición de comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2017

VISTO el expediente N° 1-47-2110-2181-17-6 de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Se prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional del producto: "Suplemento dietario a base de café verde, té verde y goji, marca Súper Goji.

Se prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional del producto denominado "Bebida sin alcohol de extractos vegetales, marca:FAGUS 100% natural, cont. neto 500cc, RPPA 190036701, RPE 1900432,elaborado por Fagus, Productos Regionales Tucumán" así como todo producto del mismo RPE, por las razones expuestas en el Considerando.

Prohíbase la comercialización en todo el territorio nacional del producto “aceite de oliva extra virgen”, marca: olivares verdero premium, rne n° 04003172, rnpa n° 04030403, elaborador: establecimiento las palmas, cruz del eje, provincia de Córdoba, así como de todo alimento del rne citado.

Prohíbase la comercialización en todo el territorio nacional del producto “aceite de oliva”, marca Ángel del olivar, elaborado y envasado en origen: aimogasta, rnpa n° 02-482211, rne n° 21- 001452, así como de todo alimento del rne citado.

Prohíbase la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “(especias-cereales-snacks) marca Katy del establecimiento j&d, rne n° 23003619” sito en Jujuy 2878, san miguel de Tucumán, provincia de Tucumán así como de todo producto del rne citado.

Se exceptúa a los productos de uso doméstico o domisanitarios de la aplicación de la Disposición ANMAT N° 4377/01, a cuyo efecto no se emitirá notas de intervención de productos de uso doméstico odomisanitarios destinados a exportación.

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 4163-E

Impuestos Varios. Programa de Recuperación Productiva. Ley N° 27.264, Títulos II y III. Resolución General N° 4.010-E. Norma modificatoria.

Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2017

VISTO la Ley N° 27.264 y la Resolución General N° 4.010-E, y

CONSIDERANDO: