La justicia avaló la acción de Senasa.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) reitera que la Justicia declaró abstracta la acción de nulidad presentada por el Laboratorio Lavet SRL contra la disposición 88/04 del Servicio que, en resguardo de la salud pública y la calidad e inocuidad de las mieles, suspendió preventivamente la habilitación de la firma para elaborar productos veterinarios destinados a la apicultura.
La medida fue dispuesta por el Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Nº 1 de San Martín, provincia de Buenos Aires, a cargo del doctor Carlos Enrique Luft, Secretaría Nº 1, ante una acción presentada por el Laboratorio Lavet SRL, con sede en la localidad de El Palomar, provincia de Buenos Aires, el 2 de noviembre de 2005.
La Dirección de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios de Senasa ispuso la suspensión de la elaboración y comercialización, de productos veterinarios destinados a la apicultura, del Laboratorio Lavet y el decomiso de éstos en todo el territorio nacional.
Esta medida se adoptó al detectarse la comercialización del producto Colmesan PH (Polvo), dado de baja en 1997, por contener nitrofuranos, una sustancia prohibida.
El organismo sanitario entendió que la presencia de una sustancia prohibida, ya sea por acción u omisión, en un producto veterinario, constituyen antecedentes de suficiente gravedad que ameritan la disposición adoptada, a lo que se suma la existencia real de rótulos que debieron haber sido destruidos en su momento; más el rotulado erróneo, según lo admitido por la firma, con el agravante de tratarse de rótulos de un producto prohibido y no registrado.