Apruébese el sistema de gestión de denuncias. Se dispone que a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, todas las denuncias relacionadas con presuntas transgresiones a la legislación vigente deban ser diligenciadas por la unidad presidencia del servicio nacional de sanidad y calidad agroalimentaria. Abrogase las resoluciones nros. 207 del 10 de noviembre de 2003 y 496 del 18 de junio de 2008, ambas del servicio nacional de sanidad y calidad agroalimentaria.
Enlaces
[1] http://www.senasa.gob.ar/sites/default/files/ARBOL_SENASA/INFORMACION/NORMATIVA/res_54-2015.pdf