Obligatoriedad de contar con un director técnico. Todos los establecimientos habilitados por el servicio nacional de sanidad y calidad agroalimentaria (senasa) y aquellas personas físicas o jurídicas que elaboren, distribuyan, comercialicen o almacenen productos respecto de los cuales el senasa resulte competente, deben contar a partir del 1 de enero de 2017, con un director técnico, asesor técnico, responsable técnico o profesional con otra denominación similar, que se encuentre inscripto en el registro único nacional de directores técnicos agroalimentarios de este servicio nacional.
Enlaces
[1] http://www.senasa.gob.ar/sites/default/files/ARBOL_SENASA/INFORMACION/NORMATIVA/res_592-2015.pdf
[2] http://www.senasa.gob.ar/tags/director-tecnico-asesor-tecnico-responsable-tecnico