Resolución-36-2016-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Se sustituyen los puntos 2.2. y 2.3 del Capítulo 17 de la Resolución N° 350 del 30 de agosto de 1999 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, que establece los requisitos que deben cumplir los Establecimientos Productores y/o Formuladores de Productos Fitosanitarios, para su inscripción, ya sea que se encuentren en nuestro país o en el extranjero.

Resolución Senasa N°36/2016