Resolución 40/2011

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Visto el Expediente Nº S01:0230867/2010 del Registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, las Resoluciones Nros. 420 del 15 de julio de 2005. 915 del 17 de septiembre de 2008 y 912 del 7 de diciembre de 2009, todas del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, y considerando:

Que por el Artículo 8º de la Resolución Nº 915 del 17 de septiembre de 2008 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria se derogó la Resolución Nº 420 del 15 de julio de 2005 del citado Servicio Nacional, que aprueba el “Manual de Normas de Identidad Institucional” - Módulo 1 (isologotipo, papelería, presentaciones y publicaciones digitales).

Que mediante la Resolución Nº 912 del 7 de diciembre de 2009 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, se aprobó el nuevo isologotipo identificatorio de este Organismo.

Que junto con el análisis y actualización del isologotipo, se confeccionó un nuevo Manual de Identidad Visual Institucional (MIVI), que contiene los elementos que componen la identidad visual y establece las líneas básicas de su uso y aplicación armónica, como así también las restricciones pertinentes.

Que a los efectos legales se registró la autoría de dicho Manual en la Dirección Nacional de Registro de  Derechos de Autor, haciendo el depósito que marca la ley y estableciendo la plena propiedad de los derechos de autor del MIVI por parte del Senasa.

Que los elementos que componen la identidad visual institucional también son utiliza dos por terceros para usos diversos dentro y fuera del país y deben reemplazarse por la nueva marca en el menor tiempo y costo posible, a partir de la vigencia de la presente resolución.

Que es preciso programar y ejecutar un conjunto de acciones articuladas entre sí que permitan la instalación de la nueva marca Senasa, en amplitud territorial y profundidad de reconocimiento de manera coherente con la línea de diseño original.

Que según surge de los informes de Consultoría del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para instalar, gestionar y continuar con el desarrollo del nuevo isologotipo es necesario fortalecer las capacidades del personal del área de diseño gráfico de la Unidad de Información y Comunicación Institucional (UICI), a un nivel acorde con un desempeño profesional.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º inciso h) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello. el Presidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria resuelve:

Artículo 1º — Aprobar el Manual de Identidad Visual Institucional (MIVI) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria que, como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — Aprobar las recomendaciones generales para la instalación del nuevo isologotipo del Senasa que, como Anexo II, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 3º — Encomendar a la Unidad de Información y Comunicación Institucional (UICI), la ejecución operativa de las acciones pertinentes para instalar el nuevo isologotipo, de acuerdo a las recomendaciones del Anexo II de la presente resolución.

Art. 4º — El proceso de instalación del nuevo isologotipo se realizará bajo el seguimiento de la Gerencia General de la Unidad Presidencia de este Servicio Nacional que, asimismo, podrá disponer las medidas que considere conducentes para garantizar tanto el proceso de instalación como de gestión y desarrollo del nuevo isologotipo institucional. En tal sentido, la Gerencia General contará con el apoyo del señor D. Marcelo Valente, asesor de la Unidad Presidencia, en materia de comunicaciones institucionales.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge N. Amaya.

NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar


ANEXOS

Anexo I - Cap. 0 Preliminares
Anexo I - Cap. 1 Marca
Anexo I - Cap. 2 Papelería
Anexo I - Cap. 3 Identificación personal
Anexo I - Cap. 4 PPT
Anexo I - Cap. 5 Vehículos