Productores de manzana

Resolución-78-2003-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Secretaría Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

SANIDAD VEGETAL

Resolución 78/2003

Bs. As., 26/3/2003

VISTO el expediente N° 14.466/2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la Resolución N° 405 del 8 de julio de 1998 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, y

CONSIDERANDO:

Que es competencia del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad vegetal y animal, y propender a mejorar la condición sanitaria de los productos de origen vegetal y animal a través de la prevención y el control.

Que conforme a las Resoluciones Nros. 93 del 25 de febrero de 1997 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION y 120 del 5 de febrero de 2003 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, en la región patagónica, integrada por los partidos de Villarino y Patagones de la Provincia de BUENOS AIRES, las Secciones XXIV y XXV del Departamento de Puelén, la Sección V del Departamento de Caléu-Caléu en la Provincia de LA PAMPA y las Provincias del NEUQUEN, de RIO NEGRO, del CHUBUT, de SANTA CRUZ y de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, se encuentra en pleno desarrollo el Programa de Lucha contra Carpocapsa (Cydia pomonella, L.), que tiene como objetivo preservar el estado fitosanitario de dicha área, y cuya ejecución y supervisión está a cargo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de aquellas instituciones a las que se ha transferido parte de las acciones para alcanzar los objetivos propuestos.

Que como instrumento idóneo para el control de las prácticas de manejo aplicadas con el objetivo de la supresión de carpocapsa, se hace imprescindible implementar el uso del Cuaderno Fitosanitario, lo cual permitirá la verificación y seguimiento de la realización de las buenas prácticas para el control de la plaga.

Que la Resolución ex-SAGPyA N° 405/98 establece el uso obligatorio del Cuaderno Fitosanitario, por parte de los productores de manzana y pera cuyas explotaciones se encuentren dentro de la región de desarrollo del Programa de Lucha contra Carpocapsa.

Que de acuerdo al artículo 5° de la Resolución ex-SAGPyA N° 405/98, el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, podrá modificar el Cuaderno Fitosanitario que se aprueba mediante el artículo 1° de la presente resolución, como así también incorporar zonas de uso obligatorio, en la medida que las condiciones técnico-sanitarias lo aconsejen.

Que aprobado mediante Resolución N° 891 del 20 de diciembre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el Programa para la Exportación de Manzanas, Peras y Membrillos de la REPUBLICA ARGENTINA, con destino a la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, bajo un Sistema de Mitigación de Riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonella, L.), es imprescindible incluir el uso obligatorio del Cuaderno Fitosanitario para la Provincia de MENDOZA.

Que resulta necesario, por razones técnico-operativas contemplar el uso de Cuadernos Fitosanitarios de empresas productoras de peras y manzanas y homologar el uso de aquellos cuadernos que cumplan con los requisitos mínimos establecidos por el Cuaderno Fitosanitario aprobado por la Resolución ex-SAGPyA N° 405/98.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 8°, inciso e) del Decreto N° 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 394 del 1° de abril de 2001.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

Artículo 1° — Extiéndase el uso obligatorio del Cuaderno Fitosanitario aprobado mediante Resolución N° 405 del 8 de julio de 1998 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, por parte de los productores de manzana y pera, cuyas explotaciones se encuentren dentro de la Provincia de MENDOZA.

Art. 2° — Facultar a la Dirección Nacional de Protección Vegetal de este Servicio Nacional a homologar los Cuadernos Fitosanitarios, presentados por las Coordinaciones Regionales de los Programas de Lucha contra Carpocapsa de la Región Patagónica y del Programa de Supresión de Carpocapsa en montes frutales de la Provincia de MENDOZA, en aquellos casos en que los mismos puedan considerarse equivalentes.

Art. 3° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Bernardo G. Cané.

 

Tipo de norma: 
Resolución
Número de norma: 
78
Año de norma: 
2003
Dependencia: 
SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria